EQUIPAMIENTO INDUSTRIAL


Argentina rebaja los impuestos a la importación de maquinarias y herramientas industriales

01/08/2025

CATEGORíA: Logística

A través de esta nueva medida, estas maquinarias y herramientas podrían adquirirse a un costo más accesible y así mejorar su productividad.


Mediante la publicación del Decreto N° 513 en el Boletín Oficial de 29/07/2025, el Poder Ejecutivo Nacional de Argentina modifica la VII Enmienda con el fin de equilibrar niveles de protección con los incentivos para la producción y mejorar la competitividad y el precio al que acceden los consumidores a ciertos bienes, reduciendo a 12,6% los aranceles de 27 bienes de capital, que hasta ahora tributaban de 20% a 35%.

 

Foto de Rob Lambert en Unsplash

 

De esta forma, se modifica el tratamiento arancelario de la “Lista Nacional de Excepciones al Arancel Externo Común” (Anexo II), los “Bienes de Capital con Derecho de Importación Extrazona Diferencial” (Anexo III) y sobre la “Lista de Alícuotas Sujetas al Incremento Arancelario Transitorio” (Anexo V) del Decreto N° 557/2023 (VII Enmienda).

 

Consecuentemente, se reducen los aranceles de maquinarias para la industria metalúrgica (de corte láser, plegadoras, prensas), depuradores de gases y equipos de limpieza de cañerías utilizados en la industria petrolera, ascensores, ventiladores industriales, maquinaría industrial para fabricar helados, hornos de panadería, máquinas de cortar el pelo y de esquilar, bombas centrífugas y acumuladores eléctricos, de iones de litio, interconectados conformando hasta 6 módulos, de tensión máxima igual a 1.500 V por módulo, esto permitirá almacenar energía en momentos de alta demanda.

 

Según datos oficiales, los bienes de capital representan aproximadamente el 20% del total de las importaciones argentinas. En 2024, más de 14.000 empresas importaron 9.979 millones de dólares de este tipo de bienes, y entre enero y abril de 2025, más de 11.000 por un monto de 4.862 millones. Los principales productos demandados son equipos de transporte, herramientas de telecomunicación y computadoras.

 

A través de esta nueva medida, estas maquinarias y herramientas podrían adquirirse a un costo más accesible y así mejorar su productividad.

 

Cabe destacar que, la medida comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial, es decir a partir del miércoles 30/07/2025; excepto para las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (N.C.M.) 2934.99.22 y 8450.20.20, que mantendrán el tratamiento arancelario aplicable a la fecha de la entrada en vigencia del Decreto, en tanto que se encuentren en dicho momento en alguna de las siguientes situaciones:

 

  • Hayan sido expedidas con destino final al territorio aduanero por tierra, agua o aire y cargadas en el respectivo medio de transporte
  • Se encuentren en zona primaria aduanera por haber arribado con anterioridad al territorio aduanero

 

A tales fines, la solicitud de importación deberá registrarse ante el Servicio Aduanero dentro del plazo de SESENTA (60) días corridos, a partir de la fecha de entrada en vigencia del Decreto (30/07/2025). 

 

Fuente: https://www.cda.org.ar

 

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